Servidos

Monotributo vs Autónomo vs Relación de Dependencia 2026

Datos oficiales ARCA / ANSES 2026Actualizado: mayo de 2026

Poné un número y mirá cuánto te queda en mano con cada régimen. La decisión clave al formalizarte.

Comparador 2026: monotributo vs autónomo vs relación de dependencia en Argentina — cuánto te queda en mano con cada régimen.

En resumen: a igual ingreso, el monotributo casi siempre deja más plata en mano porque pagás una sola cuota fija que reemplaza IVA y Ganancias (desde $42.386 por mes en 2026). El autónomo conviene cuando superás el tope anual del monotributo ($108.357.084) o necesitás facturar como responsable inscripto: pagás IVA 21%, Ganancias por escala y un aporte fijo (desde $70.624/mes). La relación de dependencia deja menos en mano —te descuentan el 17% de aportes más Ganancias— pero suma aguinaldo, vacaciones pagas, ART e indemnización que los independientes no tienen. Usá el comparador de abajo para ver tu caso exacto.

Las 3 formas legales de cobrar tu trabajo

El más simple

Monotributo

El régimen simple. Pagás una cuota fija única que ya incluye impuesto, jubilación y obra social. No pagás IVA ni Ganancias por separado.

  • Mínimo papeleo, factura C
  • Incluye obra social
  • Tiene tope anual de facturación
El más escalable

Autónomo

El régimen general para independientes. Pagás IVA (21%), Ganancias por escala y un aporte jubilatorio fijo. Sin tope de facturación.

  • Sin límite de ingresos
  • Podés deducir gastos
  • Obra social NO incluida
El más protegido

Relación de dependencia

Sos empleado en blanco. La empresa te descuenta aportes (17%) y Ganancias. A cambio, tenés la mayor protección.

  • Aguinaldo + vacaciones pagas
  • ART + indemnización
  • Menos plata en mano a igual ingreso

Simulá tu caso

Usamos el mismo ingreso para los tres regímenes, para que la comparación sea justa.

$

Si le facturás a empresas (responsables inscriptos) recuperan el IVA y vos cobrás el 21% aparte. Si le vendés a consumidores finales, el precio es con IVA incluido y, como autónomo, absorbés ese 21%.

Tomamos tu número como honorario sin IVA: le sumás el 21% aparte y lo cobrás completo.

Comparación completa

Más allá de la plata: qué incluye y qué no cada régimen.

MonotributoAutónomoRelación de dependencia
Quién paga los impuestosVos (cuota fija)Vos (IVA + Ganancias + aporte)Te los descuenta el empleador
Paga IVASí, 21% (lo cobra al cliente)
Paga GananciasNo (incluido en la cuota)Sí, por escalaSí, lo retiene el empleador
Aporte jubilatorio
Obra social incluidaSí (para toda la familia)
Tope de facturaciónSí (hasta Cat. K)Sin límiteNo aplica
Aguinaldo (SAC)
Vacaciones pagas14 a 35 días según antigüedad
ART (seguro de trabajo)
Indemnización por despido
Licencias pagas (enfermedad, etc.)
Puede deducir gastosLimitado (SIRADIG)
Esfuerzo administrativoBajoAlto (conviene contador)Nulo (lo hace la empresa)

¿Cuándo conviene cada régimen?

No hay una respuesta única: depende de cuánto facturás, a quién le vendés y cuánta estabilidad necesitás. Esta es la guía rápida.

Te conviene el monotributo si…

Facturás por debajo del tope ($108.357.084/año en 2026), querés simplicidad y le vendés sobre todo a consumidores finales. Es la puerta de entrada más común para formalizarte y, para la mayoría, la que más plata deja en mano.

Te conviene ser autónomo (régimen general) si…

Superaste el tope del monotributo, tenés muchos gastos deducibles o tus clientes necesitan factura A. Sin límite de facturación, pero pagás IVA, Ganancias y el aporte fijo, conviene un contador y la obra social va aparte.

Te conviene la relación de dependencia si…

Valorás la estabilidad y los derechos por encima de la plata en mano: aguinaldo, vacaciones pagas, ART e indemnización. Te queda menos a igual ingreso, pero el empleador asume los aportes y el riesgo. (Podés ser empleado y monotributista a la vez.)

Podrías quedar excluido del monotributo si…

No solo importa lo que facturás. En 2026 ARCA cruza tu actividad con tus movimientos reales, y podés quedar excluido (y pasar a régimen general) aunque tu facturación parezca baja.

Superás el tope anual de facturación (Cat. K).

Tus gastos personales o compras con tarjeta no cierran con lo que declarás.

Acumulás transferencias o depósitos muy por encima de tu categoría.

Tenés más de la cantidad permitida de locales o empleados.

Hacés importaciones de bienes o servicios para revender.

Vendés un producto a más de $613.492 por unidad (venta de cosas muebles, 2026).

Si te excluyen, pasás al régimen general (autónomo: IVA + Ganancias + aporte). Por eso conviene mirar la columna de autónomo aunque hoy estés en monotributo.

Qué cambia cuando te formalizás

Si hoy trabajás “en negro”, pasar a cualquiera de estos regímenes te abre puertas que van más allá de los impuestos:

Aportás a tu jubilación y sumás años de aporte.

Tenés obra social (monotributo y empleado).

Podés facturar a empresas y clientes más grandes.

Acceso a créditos, tarjetas y financiación.

Te alquilan más fácil (recibo / comprobante de ingresos).

Menos riesgo fiscal y de bloqueo de cuentas bancarias.

Historial de ingresos útil para visas y trámites.

Podés cobrar por transferencia / Mercado Pago sin sustos.

Cómo calculamos (y qué supuestos usamos)

Monotributo: feb 2026Ganancias: ene–jun 2026Aportes autónomos: may 2026Próxima actualización: jul 2026
  • Mismo ingreso para todos: usamos tu número como sueldo bruto (empleado) y como facturación/honorarios (independientes), para una comparación pareja desde tu lado.
  • Empleado: aportes 17% (jubilación 11% + obra social 3% + PAMI 3%) sobre la base imponible (topes ANSES 2026) y Ganancias con la escala Art. 94 LIG. Lo calculamos sobre 13 sueldos al año, así el aguinaldo (SAC) queda gravado como corresponde; el monto mensual es ese total dividido por 13.
  • Monotributo: categoría según facturación anual (tu mensual × 12) y cuota ARCA vigente desde el 1/02/2026. La cuota ya incluye impuesto, jubilación y obra social.
  • Autónomo: aporte jubilatorio fijo (ARCA, vigente 15/05/2026) + Ganancias anual con la deducción especial de autónomos (3,5× la GNI; 4× nuevos profesionales) + IIBB provincial opcional. El IVA depende de tus clientes; si lo absorbés (consumidor final), el crédito fiscal de tus gastos puede reducir el IVA a pagar (no lo modelamos: es un cálculo de máxima). Podés cargar gastos deducibles, IIBB y obra social en las opciones.
  • Retenciones: como autónomo, bancos y clientes te retienen IVA, Ganancias e IIBB en cada cobro. No es un costo extra (es un anticipo de impuestos), pero no ves el 100% del dinero al instante.
  • Aguinaldo: en la vista anual, el empleado muestra 13 sueldos por el SAC; los independientes, 12.
Ojo: un empleado le cuesta a la empresa ~45% a 70% más que su sueldo bruto (aportes patronales, ART, aguinaldo, vacaciones). Por eso el independiente casi siempre “gana más en mano”: también asume costos que antes pagaba el empleador.

Fuentes: ARCA (Monotributo, Autónomos, Deducciones Art. 30 LIG) y ANSES 2026. El IIBB de autónomos es una estimación opcional por provincia (la alícuota real varía por actividad); no incluye tasas municipales, crédito fiscal de IVA ni cargas de familia. Compara tres regímenes legales; la opción correcta depende de tu actividad real. No reemplaza a un contador.

Preguntas Frecuentes

Esta herramienta es orientativa y usa datos oficiales del 1er semestre 2026. Consultá con un contador para asesoramiento personalizado.

¿Listo para trabajar por tu cuenta?

En Servidos los clientes te contactan directamente. Cobrá el 100%, sin intermediarios.

Registrate Gratis →