BPM, HACCP y Seguridad Alimentaria
Basados en normativas vigentes de seguridad alimentaria:
Buenas Prácticas de Manufactura, higiene personal, manipulación segura, contaminación cruzada y Código Alimentario Argentino.
Sistema HACCP, puntos críticos de control, conservación de alimentos, cadena de frío y control de calidad.
ANMAT, habilitaciones, rotulado, alérgenos, trazabilidad, exportación y normativas Mercosur.
Son la base de toda la industria alimentaria. Higiene personal, limpieza y desinfección son fundamentales.
Los 7 principios del sistema HACCP son esenciales para la gestión de inocuidad alimentaria.
El Código Alimentario Argentino es la normativa técnica base para todos los alimentos.
Temperaturas de conservación, zona de peligro y control son temas clave.
Estos exámenes son de práctica con fines educativos. No constituyen una certificación oficial. El carnet de manipulador de alimentos se obtiene a través de cursos habilitados por la autoridad bromatológica de cada jurisdicción.

La industria alimentaria es el sector manufacturero más importante de Argentina, representando más del 25% del PBI industrial. Desde la producción de lácteos en Santa Fe hasta la elaboración de vinos en Mendoza, pasando por la industria cárnica, cerealera y de bebidas, el procesamiento de alimentos emplea a cientos de miles de trabajadores que deben conocer las normativas de seguridad alimentaria.
Las BPM son obligatorias para todos los establecimientos que elaboran, fraccionan, almacenan o transportan alimentos en Argentina, según el Código Alimentario Argentino (CAA) y la Resolución GMC 80/96 del Mercosur. Abarcan: diseño e higiene de instalaciones, control de agua, manejo de residuos, higiene personal del manipulador, control de plagas, almacenamiento y transporte, y documentación.
El HACCP (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control) es un sistema preventivo basado en 7 principios: análisis de peligros, determinación de PCC, establecimiento de límites críticos, monitoreo, acciones correctivas, verificación y documentación. Es obligatorio para ciertos sectores (lácteos, cárnicos, pesqueros) según resoluciones de SENASA y ANMAT.
ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) es la autoridad nacional de alimentos. El CAA (Ley 18.284 y Decreto 2126/71) establece los requisitos técnicos para todos los alimentos. A nivel provincial, las direcciones de bromatología habilitan y controlan los establecimientos. El RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio) y el RNE (Registro Nacional de Establecimiento) son obligatorios.
Todo manipulador de alimentos debe contar con el carnet de manipulador emitido por la autoridad bromatológica local. Se obtiene mediante un curso de capacitación en BPM e higiene alimentaria. La formación técnica superior se obtiene en carreras de Bromatología o Tecnología de Alimentos en universidades e institutos terciarios.
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Registrarme Gratis →Las Buenas Prácticas de Manufactura son normas obligatorias para establecimientos alimentarios. Cubren higiene de instalaciones, personal, procesos, almacenamiento y transporte. Están reguladas por el CAA y la Res. GMC 80/96 del Mercosur.
HACCP es un sistema preventivo de 7 principios para gestionar la inocuidad alimentaria. Identifica peligros biológicos, químicos y físicos, establece puntos críticos de control (PCC) y define límites, monitoreo y acciones correctivas.
La zona de peligro es entre 5°C y 60°C, rango donde las bacterias se multiplican rápidamente. Los alimentos perecederos no deben permanecer más de 2 horas en esta zona. Los alimentos fríos deben mantenerse a ≤5°C y los calientes a ≥60°C.
El RNE (Registro Nacional de Establecimiento) habilita la planta elaboradora. El RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio) registra cada producto. Ambos son obligatorios y se tramitan ante la autoridad bromatológica provincial, que los inscribe en el sistema federal.
Sí. Todo manipulador de alimentos debe tener el carnet de manipulador vigente, emitido por la autoridad bromatológica local tras aprobar un curso de BPM e higiene. Se renueva periódicamente (generalmente cada 1-2 años según jurisdicción).